Ante las CONVOCATORIAS sucesivas DE VARIOS PROCESOS SELECTIVOS hemos de aclarar lo siguiente:
En cuanto a las reformas legislativas, efectuadas por la Ley Orgánica 14/2022, publicada el 23/12/2022, en los artículos 130 de la LEC, 182.1 y 183 de la LOPJ y 43.4 de la LRJS (inhabilidad los días que median entre el 24 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive) y en el artículo 65 de la LOPJ, (ampliando la competencia objetiva de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional) aunque VIGENTES, NO APLICABLES a la convocatoria por el sistema de oposición libre publicada por Orden JUS/1254/2022 el 19/12/2022 ya que es norma publicada con posterioridad a la convocatoria, en consecuencia SÍ SON APLICABLES. a esta última convocatoria por el sistema de concurso-oposición publicada por Orden JUS/1327/2022 en el BOE de hoy 30/12/2022 por ser dicha norma publicada con fecha anterior a ésta convocatoria.
En cuanto a la diferencia entre procesos selectivos, en cuanto al cuerpo de GESTIÓN PROCESAL, en la convocatoria de Orden JUS/1254/2022 (solo oposición) los tres ejercicios se celebran el mismo día, el segundo ejercicio (caso práctico) consta de 10 preguntas y el tercer ejercicio (redacción) consta de 5 preguntas y sin embargo en la convocatoria Orden JUS/1327/2022, el mismo día se celebran SOLO los DOS PRIMEROS, dejando el tercero para un día posterior, el segundo ejercicio (caso práctico) consta de 20 preguntas y el tercer ejercicio (redacción) a celebrar en día posterior consta de 10 preguntas.
En cuanto al cuerpo de TRAMITACIÓN PROCESAL, en la convocatoria de oposición libre también los tres ejercicios se celebran el mismo día y el caso práctico consta de 10 preguntas y en la convocatoria por concurso oposición, igualmente se celebran los dos primeros (teórico y práctico el mismo día) constando el caso práctico de 20 preguntas y dejando para otro día el ejercicio sobre procesamiento de textos. (En este caso no hay diferencia entre ambos procesos).
Es decir, esta última convocatoria por concurso-oposición, tiene similar estructura a la convocatoria de la OEP 2017-2018 y, por tanto, con RESERVA DE NOTA para quienes hubieran superado la fase de oposición de la convocatoria OEP 2017-2018.