En el BOE de hoy 28/07/2022, se han publicado dos leyes Orgánicas que modifican la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. La 1ª, la Ley Orgánica 7/2022, de 27 de julio, modifica la lOPJ en diversas materias, entre otras, las materias que afecta a los Juzgados de lo Mercantil. Concretamente modifica los artículos 74, 82, 85, 86, 86 bis, 86 ter y 98 y añade los artículos 82 bis, 86 quater, 86 quinquies, y disposición transitoria cuadragésima tercera. En esencia, podemos destacar, la pérdida de conocimiento de los Juzgados de 1ª Instancia de los concursos de las personas naturales no empresarios y en consecuencia, la reunificación de todos los concursos en los Juzgados de lo Mercantil. El establecimiento de los Juzgados de lo Mercantil según circunstancias más concretas (cantidad de población de los municipios). Se modifican competencias no concursales (añadiendo por ejemplo, el derecho aéreo con restricciones y pierden competencias sobre condiciones generales de contratación, consumidores y usuarios que pasarían a 1ª Instancia). La 2ª, la Ley Orgánica 8/2022, de 27 de julio, modifica los artículos 570 bis y 599 en los que al Consejo General del Poder Judicial en funciones, se la atribuye la competencia de proponer el nombramiento de dos Magistrados del Tribunal Constitucional e igualmente, acota, dentro de las materias atribuidas al Pleno del CGPJ, la propuesta de nombramiento de los dos Magistrados del Tribunal Constitucional ya que deberá de realizarla en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al vencimiento del mandato anterior.